Hace casi 15 años se reformó nuestra Constitución política para abrir el espacio electoral a las candidaturas independientes. A través de ellas se suponía que los ciudadanos y ciudadanas que no militaban en un partido político podrían acceder por esa vía a ser a los puestos de elección popular, ya sea en los ayuntamientos, Congresos e incluso acceder a la titularidad de los poderes ejecutivos estatales y federal.
La referida reforma constitucional no fue una dádiva del gobierno en turno ni un esfuerzo de los partidos políticos que contaban con el monopolio del acceso a los cargos de elección popular. Entre otras cuestiones fue consecuencia de una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, derivada del esfuerzo de un ciudadano por ser registrado como candidato presidencial en las elecciones del año 2006. (Corte IDH. Castañeda Gutman vs. México. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 30 de noviembre de 2007. Caso Castañeda Gutman vs. México).
A pesar de que se logró la reforma constitucional referida, lo cierto es que la legislación secundaria aún hace complejo el acceso a dichas candidaturas, particularmente por la acotación temporal en el proceso de obtención de firmas de apoyo para quienes pretenden ser candidatos por la vía independiente.
Saco esta cuestión a colación porque en la presentación de lo que parece será la propuesta de reforma electoral de la presidenta Sheinbaum pareciera que ignoran la posibilidad de que candidatos independientes se postulen al cargo de diputado federal.
En efecto, si bien no ha sido publicado el texto de la propuesta de reforma, en la presentación pública reciente se nos hizo saber que se pretende sustituir 100 diputados de representación proporcional por diputados de primera minoría.
Los diputados de representación proporcional son aquellos que al ser incluidos en una lista por los partidos políticos llegan al cargo debido al porcentaje que el partido respectivo obtiene en las elecciones.
Los diputados de primera minoría, que hoy no existen a nivel federal, digámoslo coloquialmente, serían aquellos que si bien no ganaron su distrito, obtuvieron el segundo lugar con el más alto porcentaje de votación.
Mi tema de hoy no es sobre lo positivo o negativo de dicha propuesta, sino que la misma parece estar encaminada a determinar los diputados de primera minoría entre los candidatos a diputados postulados por los partidos políticos, dejando fuera a los candidatos independientes que pudieran haber obtenido más alto porcentaje.
Si algo progresista puede traer la reforma es precisamente dar espacio a los independientes en la fórmula de acceso a las diputaciones de primera minoría.
Si bien únicamente en el año 2015 hubo un candidato independiente a diputado federal que resultó ganador, la figura de primera minoría pudiera mejorar mucho esa estadística, siempre y cuando en la reforma que parece venir no se olviden de la existencia de las candidaturas independientes, y no pretendan destruir lo alcanzado en esta materia.
