La medida reducirá considerablemente los montos por reparación de daño por defunción y beneficiará al IMSS, ISSSTE y dependencias federales
La medida reducirá considerablemente los montos por reparación de daño por defunción y beneficiará al IMSS, ISSSTE y dependencias federales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las indemnizaciones por responsabilidad civil en caso de muerte deberán ser pagadas con base en la Unidad de Medida de Actualización (UMA) y no en salarios mínimos, lo que reducirá considerablemente los montos de reparaciones de daño por defunción.
Por unanimidad, el pleno aprobó el proyecto impulsado por la ministra Lenia Batres que beneficiará a las instituciones y dependencias del gobierno federal, como IMSS e ISSSTE, además de las aseguradoras, mientras que los deudos de las víctimas recibirán una compensación menor.
El fallo prioriza un menor gasto gubernamental sobre la reparación del daño, pues el valor vigente de la UMA es de 117.31 pesos diarios, mientras que el salario mínimo se ubica en 315.04 pesos y en la Zona Libre de la Frontera Norte en 440.87 pesos.
Batres expuso que colocar el salario mínimo como base de la indemnización por defunción “impactaría enormemente” las finanzas y carga económica de instituciones como IMSS, ISSSTE, Pemex, CFE y las aseguradoras.
Incluso, dijo que recibió demasiados correos electrónicos de las instituciones de seguros para tratar de cabildear el tema, pero no atendió ninguno.
“El IMSS reportó que si durante 2025 hubiera pagado indemnizaciones de carácter civil tomando como base el salario mínimo, habría tenido que incrementar las cantidades pagadas en 146 por ciento al pasar de 75 millones 910 mil pesos a 187 millones 57 mil pesos”, argumentó.
Aunque votó a favor del proyecto, la ministra Loretta Ortiz señaló que existe la posibilidad de que de ahora en adelante se paguen indemnizaciones menores por fallecimiento, lo que sería “regresivo en materia de derechos humanos”.
Las ministras y ministros analizaron una contradicción de criterios entre las extintas Salas de la SCJN. Una establecía que la base para indemnizar en casos de responsabilidad civil por muerte era la UMA y la otra sostenía que era el salario mínimo.
En la sesión señalaron que, sin tomar en cuenta un caso específico, se tomó la decisión con base en los artículos 26, apartado B, párrafo sexto, y 123, apartado A, fracción VI, de la Constitución y el decreto de reforma constitucional de 2016 en materia de desindexación.
Expusieron que en dichos preceptos se establece de manera clara a la UMA como unidad de cuenta aplicable a conceptos ajenos al salario, en tanto que el Código Civil Federal contempla también a estas como base para la indemnización.
De acuerdo con los integrantes de la Corte, la indemnización no debe conceptualizarse como una remuneración por trabajo, pues se trata de medidas de reparación del daño y su cuantificación debe garantizar proporcionalidad, equidad y actualización constante, como es el caso de la UMA que se actualizada anualmente.
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