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Las campañas que no son campañas

En México, las campañas empiezan mucho antes de que la ley permita llamarlas campañas.

Los aspirantes recorren estados, encabezan eventos, aparecen en espectaculares, forman estructuras territoriales, conceden entrevistas, contratan publicidad y hasta compiten en encuestas. Pero, ojo, no están haciendo campaña. Faltaba más.

Están “defendiendo un proyecto”, “recorriendo el territorio”, “escuchando al pueblo” o participando en algún “proceso político interno”. No es una candidatura, aunque de ahí salga la candidatura. No es una precampaña, aunque participen quienes quieren ser candidatos. No se busca el voto, aunque todo esté diseñado para obtenerlo después. Es, digamos, una campaña que se identifica como no campaña.

Es verdad que el modelo mexicano de comunicación política es absurdo, restrictivo y requiere una revisión. También es cierto que los abogados buscamos interpretaciones amplias y aprovechamos todos los espacios que deja la norma. Pero una cosa es interpretar y otra es el descaro.

El truco funcionó tan bien en 2023 —cuando a las "corcholatas" se les llamó coordinadores de los comités de defensa de la 4T— que se decidió reciclarlo para 2027. Hoy son 277 aspirantes peleando por 17 gubernaturas.

El propio partido defiende la figura como jurídicamente válida, respaldada por resoluciones del Tribunal Electoral. Al final, el mensaje de la máxima autoridad jurisdiccional no fue una sanción, sino un aplauso por creatividad semántica.

La Constitución establece tiempos para las precampañas y las campañas. Los partidos respetan escrupulosamente esos tiempos; simplemente realizan antes todas las actividades propias de una campaña, pero bajo otra denominación.

Algunos consejeros del INE propusieron lineamientos para obligar a los partidos a informar sus actividades anticipadas, identificar propaganda, fiscalizar recursos y sumar gastos a los topes. La propuesta fue rechazada por ocho votos. La autoridad reconoció que hay un territorio gris, que las actividades ya ocurren y que podrían afectar la equidad; y, tras semejante diagnóstico, concluyó que lo prudente era no hacer nada.

No vaya a ser que el árbitro, en un arrebato de entusiasmo, decida arbitrar.

En abril, por su parte, la Sala Superior del TEPJF resolvió que designar a los coordinadores no constituía actos anticipados rumbo a 2027. Para ello se apoyó en la jurisprudencia 4/2018 de la propia sala, conforme a la cual, para acreditar el elemento subjetivo de un acto anticipado, se necesita un llamado explícito al voto o alguna expresión que, de manera inequívoca, tenga el mismo significado. El estándar es tan exigente que basta con no pronunciar la palabra prohibida —“vótame”— para quedar a salvo.

Giras, mítines, propaganda, encuestas y millones de pesos en publicidad pueden encontrar acomodo, siempre que nadie cometa la torpeza de pedir el sufragio en voz alta.

La autoridad electoral ha construido, con intención o sin ella, un manual para hacer campaña sin hacer “campaña”.

Así, el razonamiento institucional se ha vuelto circular; estas prácticas se consideran válidas porque han sido toleradas, y se toleran porque previamente se han considerado válidas.

Con esa vara llegaremos a 2027 con aspirantes conocidísimos, estructuras armadas, recursos gastados y ventajas. Y entonces, cuando arranquen formalmente las campañas, las autoridades nos dirán que todos los competidores salieron del mismo punto de partida.

La salida no es complicada. Bastaría con que el INE ejerciera su facultad reglamentaria para definir qué constituye promoción anticipada y desde qué momento nace el deber de fiscalizar los recursos, y con que el tribunal revisara un criterio que premia la astucia semántica por encima de la equidad.

Mientras tanto, seguiremos fingiendo que las campañas empiezan el día que marca la ley y no el día en que realmente comenzaron.

Es más cómodo llamarlas de otro modo.

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