La resistencia de las fiscalías locales a tipificar los casos como feminicidios reduce artificialmente la tasa de estos
La resistencia de las fiscalías locales a tipificar los casos como feminicidios reduce artificialmente la tasa de estos

En los últimos 8 años se han cometido más de 6 mil 550 feminicidios en México, de los cuales 5 mil 362 corresponden al gobierno de Andrés Manuel López Obrador y el resto en lo que va de la administración de la presidenta Claudia Sheinbaum.
Sin embargo, el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública contabiliza más de 16 mil homicidios dolosos contra mujeres en ese mismo periodo.
Esto se explica porque muchas fiscalías estatales registran los asesinatos de mujeres como homicidios ordinarios y no como feminicidios.
La urgencia de unificar criterios responde a una realidad inapelable, porque si se miden todas las muertes violentas, la tasa en el país es de 5.6 casos por cada 100 mil mujeres.
Sin embargo, la resistencia de las fiscalías locales a tipificar los casos reduce la tasa de feminicidios registrados a menos de la cuarta parte de esa cifra.
La iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum para que el Congreso apruebe la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por el Delito de Feminicidio pretende fijar criterios y penas unificadas de hasta 70 años y eliminar el sesgo institucional.
La propuesta presidencial propone obligar a todas las fiscalías locales a iniciar la investigación de cualquier muerte violenta de una mujer bajo el protocolo de feminicidio, esto evita que los casos se cataloguen erróneamente como suicidios.
Mayor severidad en las penas, pues establece un tipo penal unificado en todo el país fijando penas máximas de hasta 70 años de prisión; imprescriptibilidad; es decir el delito no caducará con el tiempo, y medidas accesorias urgentes que significan que el agresor perderá de manera automática la patria potestad de los hijos y sus derechos sucesorios.
Además, plantea 10 supuestos para acreditar el feminicidio, a fin de que las fiscalías no lo cataloguen como homicidio común: violencia sexual; lesiones o mutilaciones degradantes; antecedentes de violencia; relación de confianza o afectiva; amenazas, acoso o persecución; incomunicación o privación ilegal.
También se contempla la exposición del cuerpo en vía pública; contextos de asimetría y relaciones de poder; motivos de discriminación y estereotipos de género, y situación de particular vulnerabilidad o trata.
Al respecto, la presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género del Senado de la República, Martha Lucía Mícher, aseguró que la iniciativa fortalece la protección de los derechos de las mujeres y avanza hacia una justicia con cero impunidad.
Indicó que desde el Senado se impulsará una legislación que garantice una vida libre de violencia para todas las mujeres.
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