Todavía debe andar por ahí, en el fondo de algún cajón, la vieja Guía Roji: ese atlas de calles con su índice de colonias y su cuadrícula de referencias que no faltaba en la guantera de ningún coche. Durante décadas fue la única manera de moverse por la Ciudad de México sin perderse. Hoy sonaría absurdo pedirle a alguien que llegue a una cita usando ese método en lugar de Waze. Ya nadie discute si conviene o no usar una aplicación de navegación; la discusión, cuando la hay, es sobre cómo usarla bien —qué tanto confiar en la ruta, cuándo checarla con el propio criterio—. Algo parecido empieza a pasar con la inteligencia artificial en el ejercicio del derecho, con una diferencia: esta vez, al menos un organismo ya se adelantó para poner las reglas de ese buen uso.
El antecedente más comentado viene de California: el Colegio de Abogados de ese estado, por instrucción de su Suprema Corte, propuso reformar sus reglas de conducta profesional para incorporar obligaciones específicas sobre el uso de inteligencia artificial generativa en la práctica jurídica —revisar de forma independiente la veracidad de argumentos y citas, avisar al cliente cuando su uso sea relevante, y extender a la IA el mismo estándar de supervisión que hoy aplica al personal no abogado—, todo con consecuencias disciplinarias de por medio. El periodo de consulta pública cerró el pasado 4 de mayo, y las enmiendas quedan pendientes de que el propio colegio las mande a su Mesa Directiva y, en última instancia, a la Suprema Corte estatal, la única que puede darles luz verde.
México también dio un paso, aunque por una vía distinta. El pasado 2 de diciembre, la Barra Mexicana, Colegio de Abogados presentó sus propios Lineamientos para el Uso Responsable de la Inteligencia Artificial en el Ejercicio Profesional del Derecho. A diferencia de la propuesta californiana, no busca convertirse en regla disciplinaria, sino en un ejercicio de autorregulación: seis principios —ética, confidencialidad, transparencia, supervisión humana, no discriminación y ciberseguridad— pensados para orientar, no para sancionar.
Ahí está, quizá, el asunto de fondo. Los lineamientos de la BMA son un esfuerzo valioso, pero de alcance acotado: uno más entre las muchas barras y colegios de abogados que hay en México, sin capacidad de obligar a nadie fuera de sus agremiados. Lo que todavía falta es una discusión que reúna a todo el foro —barras, colegios, escuelas de derecho, Poder Judicial— para discutir y posteriormente decidir, entre todos, qué tanto puede delegarse en una máquina y bajo qué condiciones. Mientras esa conversación no llegue, cada quien seguirá trazando su propia ruta, y en México seguiremos asumiendo un uso no regulado con los riesgos que ello conlleva.
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