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Morir con dignidad: un derecho pendiente

El miércoles pasado, la Asamblea Nacional francesa aprobó la iniciativa que reconoce el derecho a la eutanasia y al suicidio asistido (proposition de loi relative au droit à l'aide à mourir). La propuesta obtuvo 291 votos a favor, 241 en contra y 29 abstenciones. Con ello, Francia se convierte en el sexto país europeo, junto con España, Portugal, Bélgica, Luxemburgo y Países Bajos, en legalizar o despenalizar dichas prácticas.

Por supuesto, su ejercicio tiene restricciones: sólo pueden solicitarlo pacientes cuyo padecimiento es incurable, se encuentra en fase terminal o avanzada y les provoca un sufrimiento que ningún tratamiento ha logrado aliviar. La ley exige, además, evaluación médica colegiada, así como un periodo de reflexión antes de confirmar la decisión.

Más allá de la aprobación, el asunto de fondo sigue siendo objeto de debate. De hecho, el primer ministro Sébastien Lecornu remitió la ley al Consejo Constitucional, con dudas sobre si el plazo de reflexión es suficiente. La jerarquía católica del país reaccionó con firmeza. La votación, relativamente cerrada y sin definiciones partidistas, muestra que la discusión sobre la muerte digna responde más a las convicciones personales que a causas ideológicas o agendas de partido.

Es comprensible que la eutanasia y el suicidio asistido despierten legítimas reservas de carácter moral y religioso. Sin embargo, cuando son objeto de regulación jurídica, se convierten en asuntos de derechos fundamentales y dignidad de las personas.

En América Latina, el derecho a morir dignamente también avanza, aunque con ritmos desiguales. Colombia despenalizó la eutanasia en 1997 y la reguló en 2015, aunque el suicidio médicamente asistido sigue sin un orden normativo claro. En Ecuador, la Corte Constitucional reconoció el derecho a la eutanasia en 2024. Uruguay, en cambio, aprobó su Ley de Muerte Digna en octubre pasado, respaldada por más de 60% de la población (Cifra, 2025), con una regulación más completa que el modelo colombiano.

¿Y México?

No tenemos una legislación nacional sobre eutanasia y suicidio asistido. El reconocimiento existente se limita, en algunas entidades, al derecho a rechazar tratamientos que prolongan artificialmente la vida, a través de la voluntad anticipada. Esta forma pasiva de la eutanasia está permitida en Aguascalientes, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán y Yucatán (BBC, 2026).

En octubre de 2025, la llamada “Ley Trasciende” llegó al Congreso Federal, impulsada principalmente por la activista Samara Martínez. La iniciativa fue respaldada por legisladoras y legisladores de distintos grupos parlamentarios —yo misma suscribí la propuesta—. Si bien es perfectible, establece un piso mínimo para orientar el debate y construir la mayoría que haga posible su aprobación. Su discusión sigue pendiente.

Una vez más, Francia se coloca a la vanguardia en el reconocimiento de los derechos fundamentales. Muestra, al mismo tiempo, que es posible atender un debate con posturas diversas sin necesidad de evadirlo por su complejidad. México tiene una propuesta seria y con respaldo plural. Lo que no tiene es un Congreso capaz de deliberar sobre temas que no son prioritarios para el Ejecutivo.

En este caso, aplazar indefinidamente esa conversación también implica decidir, por omisión, sobre la vida de quienes enfrentan un sufrimiento irreversible que nada ni nadie puede aliviar.

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