Conforme al artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde al Ministerio Público la investigación de los delitos y el ejercicio de la acción penal, lo que implica la facultad exclusiva de judicializar carpetas de investigación cuando existan datos de prueba suficientes que acrediten la comisión de un hecho ilícito y la probable responsabilidad de una persona. Esta atribución se vincula directamente con los principios del sistema penal acusatorio y con la protección de los derechos …
